Ministerio de la Mujer: reforma del Código Penal vulnera los derechos humanosde las mujeres
Santo Domingo. El Ministerio de la Mujer reitera su posición ante la aprobación por
parte del Senado de la República el proyecto de reforma al Código Penal, una iniciativa
que, en su forma actual, representa un grave retroceso en la protección de los derechos
humanos, particularmente de mujeres, niñas y adolescentes en el país.
La institución, en su rol de ente rector de las políticas públicas para la igualdad y la
garantía de los derechos humanos de las mujeres, alerta que legisladoras y legisladores
ignoran recomendaciones técnicas basadas en evidencias científicas, que por años ha
planteado el Ministerio de la Mujer, tanto a la Cámara de Diputados como al Senado de
la República, en procura de garantizar una legislación penal justa e inclusiva.
Entre los puntos que señala el Ministerio de la Mujer, y que han sido advertidos
reiteradamente, se destacan la tipificación distorsionada del feminicidio, ya que la actual
redacción en el proyecto de reforma del Código Penal no garantiza su aplicación
efectiva. La eliminación de las circunstancias que permiten distinguir cuándo se trata de
un homicidio y cuándo de un feminicidio, debilita el reconocimiento de la violencia por
razones de género. Esta omisión compromete los criterios técnicos, jurídicos y políticos
necesarios para asegurar la operatividad del tipo penal y una adecuada protección para
las víctimas.
El Ministerio de la Mujer reitera su profunda preocupación por la forma en que el acoso
y el acoso sexual han sido definidos en el proyecto de reforma del Código Penal,
particularmente por la reducción de las penas, la fragmentación en varios tipos penales y
la omisión del acoso callejero y digital como formas reconocidas de violencia basada en
género, ya que en este último proyecto de reforma, el acoso se tipifica dentro de la
sección de agresiones sexuales, cuando es un tipo penal autónomo que se agrava en su
manifestación sexual.
Sobre la violencia contra la mujer e intrafamiliar, el Ministerio de la Mujer rechaza la
propuesta de tipificación en la nueva versión del proyecto de reforma del Código Penal,
porque constituye un serio retroceso jurídico e institucional respecto al estándar de
protección establecido por la Ley No. 24-97, y por comprometer el cumplimiento de las
obligaciones constitucionales del Estado dominicano en materia de derechos humanos
de las mujeres. El Ministerio de la Mujer recuerda que las leyes deben garantizar
avances en materia de derechos y que lo que se está planteando es un retroceso
inaceptable en una sociedad con altos índices de violencia contra las mujeres,
adolescentes y niñas, como lo es la República Dominicana.
Con relación a las órdenes de protección, el Ministerio de la Mujer considera necesario
garantizar que estas órdenes sean aplicables no solo en casos de violencia intrafamiliar y
de género, sino también en otros tipos penales que generen riesgos reales e inminentes
para la integridad de las víctimas, como trata de personas, violencia sexual y acoso. Al
ampliar el alcance de estas medidas, fortalecería el principio de debida diligencia,
permitiría una protección más eficaz y oportuna frente a otras formas de violencia y
evitaría la instrumentalización errónea de tipos penales especializados con el único fin
de obtener medidas de protección.
En cuanto a la violencia de género, la tipificación penal que se propone omite una
clasificación diferenciada de los tipos de violencia (física, sexual, psicológica,
económica, patrimonial, digital o institucional), lo que impediría al sistema de justicia
aplicar con eficacia la debida diligencia reforzada que exige la propia constitución. Esta
redacción, al no reflejar con claridad las dimensiones estructurales de este tipo de
violencia, se aparta del estándar de protección integral y puede traducirse en impunidad
o revictimización. Por tanto, resulta imprescindible reformular este tipo penal conforme
a los principios de legalidad, especificidad y no regresividad, garantizando una
protección efectiva, diferenciada y adecuada al marco de derechos humanos que rige en
República Dominicana.
En ese sentido, el nuevo Código Penal retrocede en la protección contra la violencia
sexual, debilitando la respuesta del Estado frente a estos delitos, ya que las penas son
desproporcionadamente bajas, posee una redacción ambigua, duplicada y fragmentada
como la violación sexual y la violencia sexual en el contexto de pareja, debilitando su
tratamiento penal; tampoco se garantiza un abordaje claro y coherente del
consentimiento como elemento fundamental para diferenciar una relación sexual lícita
de una agresión, entre otros aspectos.
Por otra parte, el Ministerio de la Mujer reitera la necesidad de incluir las tres
circunstancias extremas en que la vida o la salud de la mujer están en riesgo: el
embarazo es producto de una violación o incesto, o cuando el feto es inviable fuera del
útero, porque de no hacerlo se incurre en una violación a los derechos fundamentales y
la dignidad de las mujeres y contradice los compromisos asumidos por el Estado
dominicano.
El Ministerio de la Mujer insiste en seguir dialogando con los poderes del Estado y con
la sociedad para construir una legislación penal moderna y a la altura de los derechos y
la dignidad que merecen las dominicanas. En ese sentido, hace un llamado al Congreso
Nacional a enmendar las propuestas anunciadas y garantizar un Código Penal justo,
actualizado y respetuoso de los derechos fundamentales de las mujeres, en línea con los
principios constitucionales y los estándares de derechos humanos.